ALAIZA & PEDRAZA ABOGADOS tiene a bien informar que, mediante Decreto Supremo N° 4501 de fecha 01/05/021, se dispone lo siguiente:
DISPOSICIONES.
- Establece el Salario Mínimo Nacional para la gestión 2021.
- Monto del Salario Mínimo Nacional: Bs 2.164,00 (Dos Mil Ciento Sesenta y Cuatro 00/100 Bolivianos) en los sectores públicos y privados.
- La aplicación del Salario Mínimo Nacional, tiene efecto retroactivo al 01/01/2021.
- El pago retroactivo por la aplicación del Salario Mínimo Nacional 2021, deberá realizarse hasta el 31/05/2021.
DESARROLLO.
- Se incrementa el Salario Mínimo Nacional en un 2% con relación al establecido para la gestión 2020.
- La aplicación del Salario Mínimo Nacional – gestión 2021 es obligatoria tanto para el sector público como para el sector privado; siendo sujeta a las acciones y supervisión del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social.
- Tanto el incremento del Salario Mínimo Nacional, como su incidencia en la previsión social y demás partidas de gastos relativas a remuneraciones, tienen que ser cubiertas por el presupuesto vigente de cada entidad.
- Excepción: Para las entidades públicas que financian su escala salarial con fuentes 10 – 111 “TGN”, y 41 – 111 “Transferencias TGN”, el costo por aplicación del Salario Mínimo Nacional para la gestión 2021, será cubierto con recursos del Tesoro General de la Nación (TGN), en caso que no pueda ser financiado al interior de su presupuesto, previa evaluación del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
PROHIBICIÓN.
- Se prohíbe a los ejecutivos de las entidades públicas o autoridades que los representen, suscribir convenios en materia salarial que comprometan recursos públicos, al margen de lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 4501 de fecha 01/05/021.
SECTOR PÚBLICO.
- Las entidades públicas que afecten sus escalas salariales, debido al incremento del 2% del Salario Mínimo Nacional, deberán remitir al Ministerio de Economía y Finanzas, la nueva escala salarial, debidamente modificada y aprobada mediante Resolución de la Máxima Instancia legalmente facultada hasta el 21/05/2021, a efectos de su evaluación y aprobación, cuando corresponde.
- Si por la aplicación del Salario Mínimo Nacional – gestión 2021 se diere superposición de niveles y de cargos en las escalas salariales de las entidades del sector público, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, realizar los ajustes necesarios.
Blanca Sofía Alaiza Terrazas
Socia/Partner
Alaiza & Pedraza Abogados